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     UID                                                                                CAPÍTULO 8  ·  MOVILIDAD HORIZONTAL


                 8.1. itinErAriO AccEsiBLE                            responde con sus características a la principal exigencia de
        II                                                            la accesibilidad: la continuidad en el recorrido. ésta es
                                                                      fruto del trabajo de dos factores:
                 ExigEnciAs.
                                                                      •   La definición de una banda libre de paso, que recorre
                 El itinerario accesible constituye la única condición funcional   los espacios y comunica los ámbitos y elementos del
                 indispensable  para  garantizar  el  acceso  a  los  diferentes   edificio.
                 ámbitos y elementos del edificio y el desplazamiento en su   •   La  ordenación  clara  y  racional  del  equipamiento
                 interior.                                                del  edificio,  en  torno  al  itinerario  y  sin  interferencia
                                                                          alguna.
                                                                      Los recursos que formalizan las características de los
                                                                      itinerarios accesibles son los que siguen.


                                                                      EspEcificAciOnEs

                                                                      El Código Técnico de la Edificación (CTE) establece cuáles
                                                                      son los ámbitos y equipamientos que, en cada planta, debe
                                                                      poner en comunicación el itinerario accesible. Estos son :
                                                                                                                      1
                                                                      •   Los  accesos  accesibles a  ellas, esto  es, las  entradas
                                                                          (accesibles) del edificio, y los ascensores y rampas en
                                                                          cada planta.
                      recorrido exterior.                             •   Las zonas de uso público.
                      Universidad Autónoma de madrid                  •   Las  zonas  de  uso  privado con  recintos  superiores  a
                                                                          50  m2  de  superficie  útil  (exceptuando  las  zonas  de
                                                                          ocupación nula).
                                                                      Los  elementos  accesibles,  ya  sean  plazas  reservadas  de
                                                                      aparcamiento,  servicios  higiénicos,  plazas  reservadas  en
                                                                      general  (salas,  gradas),  puntos  de  atención,  zonas  de
                                                                      refugio y demás equipamiento específico, deben contar con
                                                                      señalización normalizada mediante el SIA.

                  cuadro 01 de aplicación práctica
                  El concepto de itinerario accesible que se va a desgranar en las siguientes páginas no es sino la pieza fundamental de
                  la máxima funcionalidad de un edificio y su entorno. Es básica la necesidad de establecer por norma la existencia de
                  un  espacio  continuo,  sin  interrupciones,  que  garantiza  el  desplazamiento  y  deambulación  en  condiciones  de  seguridad  de
                  los usuarios a través del edificio así como en su inmediato entorno exterior. Dicho espacio es la formalización del derecho
                  del usuario a poder acceder al edificio, a desplazarse hasta los diversos núcleos de comunicación y llegar también hasta los
                  diferentes ámbitos, sean estos de uso público o privado.
                  El gráfico  01, expresa la aplicación de estas exigencias. revela cómo en la práctica, la necesidad de establecer al menos
                  un recorrido accesible entre todos los ámbitos fundamentales de la edificación implica extender sus características a todo el
                  conjunto. Así, debe haber comunicación accesible entre los espacios integrantes de toda instalación deportiva, sean estos los
                  propiamente destinados a la práctica deportiva, sus espacios complementarios o sus servicios auxiliares, y, en consecuencia,
                  posibilidad  de  desplazamiento  para  todos  sus  usuarios,  sean  deportistas,  espectadores  y  visitantes,  o  trabajadores  de  las
                  instalaciones.





                                                                      Banda libre de paso, sus dimensiones y pendientes.

                        especificaciones de diseño y dimensionales    La  garantía  de  continuidad  y  ausencia  de  obstáculos  se
                                                                      debe producir a lo largo de una banda de ancho mínimo
                 Se  recogen  especificaciones  agrupadas  en  los  siguientes   de 120 cm y una altura de 220 cm. Se acompaña de unas
                 apartados:                                           características que afectan -siempre desde la perspectiva
                                                                      de la seguridad del usuario- a:
                 •   Banda Libre de paso
                 •   Espacios de influencia                           - las pendientes y cambios de nivel,
                 •   Señalización                                     - la continuidad, ausencia obstáculos o desniveles,
                                                                      - los pavimentos y su ejecución, y
                                                                      - las condiciones globales de acondicionamiento.
          CAPÍTULO 8







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                        * 1.  Los conceptos y elementos que se citan del CTE deben entenderse de acuerdo a su estricta definición en la legislación.
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