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                                                                                        CAPÍTULO 8  ·  MOVILIDAD HORIZONTAL
                                                                                                                             UID

                 Las dimensiones antes indicadas deben entenderse como  Espacios  de  Influencia,  relación  con  los  ámbitos,  sus
                 un requerimiento virtual que sólo se formaliza cuando el  elementos y el equipamiento.
                 itinerario se traza a lo largo de un corredor o pasillo, en                                                     II
                 los  que  es  imprescindible  ajustarse  a  sus  dimensiones  Se  concretan  en  la  necesidad  de  definir  espacios  de
                 mínimas y las posibles excepciones que ahora se indicarán.  maniobra  y  aproximación  del  usuario.  El  desplazamiento
                 Por el contrario, en espacios abiertos, salas y vestíbulos,   por el edificio, supone realizar giros y maniobras, bien para
                 esta condición se diluye entre las mayores dimensiones de   tomar nuevos itinerarios, bien para acceder a elementos del
                 estos ámbitos y debe centrarse más en su relación con el   equipamiento.  Estas  acciones  deben  hacerse  igualmente
                 equipamiento y mobiliario.                           en  condiciones  de  seguridad  y  continuidad,  para  ello  se
                                                                      aplicarán criterios específicos de ordenación básica de los
                 Se  admiten  itinerarios  con  reducciones  puntuales  de  la   espacios y su equipamiento.
                 banda  libre  de  paso  no  superiores  a  20  cm,  a  modo  de   Conforme al patrón dimensional de referencia indicado en
                 embocaduras o justificadas por la presencia de mochetas   el capítulo 5:
                 estructurales o de instalaciones. Se localizarán siempre a
                 cierta distancia de puntos de maniobra o giro y puertas de   - Para garantizar la máxima maniobrabilidad es preciso
                 paso, superior a 65 cm, y con un desarrollo inferior a 50   disponer un espacio de giro de 150 cm de diámetro libre de
                 cm.                                                  obstáculos en el propio trazado del itinerario accesible allí
                                                                      donde se produzca tanto un cambio de sentido de la marcha,
                 Esa  reducción  podrá  ser  puntual  y  separada  del  suelo   de dirección o un giro para hacer uso del equipamiento.
                 (vuelos de objetos) si no superan 15 cm de separación a   En  caso  de  pasillos  de  gran  longitud,  debe  facilitarse  la
                 los paramentos, con la idea de que no puedan suponer  posibilidad de estas maniobras al menos cada 10 m. Así
                 obstáculo a la marcha. Por otra parte, se recomienda para  mismo, esta dimensión puede reducirse hasta los 120 cm,
                 cualquier vuelo y es imprescindible para aquellos superiores  en los pasillos que cambian de dirección o ante accesos a
                 a  15  cm  que  sean  detectables  por  todas  las  personas,  otros ámbitos o pasillos.
                 especialmente  aquéllas  con  discapacidad  visual,  para  lo
                 que es necesario que la ocupación del objeto se prolongue  - Por su parte, todo elemento del equipamiento requiere
                 hasta el suelo.                                      de un espacio libre de  aproximación,  de  80/90  cm  de
                                                                      profundidad  si  es  lateral,  120  cm  si  es  frontal  (definido
                                                                      pormenorizadamente en el capítulo 13). Este espacio va a
                                                                      permitir, tanto las posteriores operaciones de transferencia
                                                                      del usuario de silla de ruedas, como el alcance de objetos.
                                                                      Son  dimensiones  genéricas  que  deben  ser  matizadas
                                                                      y  particularizadas  para  cada  caso,  en  función  de  las
                                                                      capacidades  y  necesidades  del  usuario  y  los  elementos
                                                                      implicados, lo que determina que las aproximaciones sean
                                                                      laterales, oblicuas o, incluso, frontales.








                      maniobrabilidad:  150  cm  libre  de  obstáculos,  en
                      lugares donde se produzca un cambio de sentido de la
                      marcha, de dirección o de giro.

                 finalmente, la pendiente del itinerario, no excederá del 4%,
                 medida longitudinalmente, y del 2% transversalmente. Esto
                 permite  salvar  desniveles suaves.  En caso de  desniveles
                 mayores, será preciso recurrir a rampas (la consideración
                 de rampa implica la incorporación de unas especificaciones     Símbolo Internacional de Accesibilidad (SIA)
                 determinadas que en el capítulo 9 se detallarán).
                                                                      Estas  dimensiones  radican,  no  sólo  en  la  necesidad  de
                                                                      llegar hasta los ámbitos y su equipamiento, sino también
                                                                      en la de usar el entorno y sus componentes. En el cuadro
                                                                      de aplicación 05 y en el gráfico 03 se establecen además las
                                                                      particularidades relativas al patrón dimensional de referencia
                                                                      aplicado para el uso de sillas de ruedas deportivas, (en
                                                                      adelante SrD).


                  cuadro 02 de aplicación práctica
                  Los puntos básicos en la incorporación de los itinerarios accesibles en las instalaciones deportivas son los siguientes:
                  •   Existencia de banda libre de paso, de dimensiones y pendientes concretas en ausencia de obstáculos.
                  •   Existencia de espacios para la maniobra y aproximación                                                      CAPÍTULO 8
                  •   Su señalización
                  Desde esta perspectiva se van a analizar en los cuadros de aplicación sucesivos las condiciones habituales de diseño de los
                  diferentes ámbitos de las instalaciones deportivas.
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